Embarcaciones

El Real Decreto 607/1999 marca la exigencia de unSeguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de las Embarcaciones de Recreo. Además del seguro obligatorio, se pueden contratar otro tipo de coberturas:
- Responsabilidad Civil Obligatoria y/o Voluntaria
- Seguro de Daños a la Embarcación
- Pérdida Total
- Robo
- Reclamación de daños
- Accidentes de los Ocupantes
